Las Presidencias de cada Junta Municipal de Distrito, cumpliendo lo establecido en el Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana (Artículo 70.2) convocan a la Sesión Constitutiva de los Consejos de Barrio.

Ya tenemos fecha para las Sesiones Constitutivas, serán el día jueves 30 de enero en las correspondientes sedes de las Juntas Municipales de Distrito en los siguientes horarios:

Consejos de Barrio 4 y 5 del Distrito II están convocados a las 18:00
Consejo de Barrio 8 del Distrito III, convocado a las 18:30
Consejo de Barrio 10 del Distrito IV, convocado a las 18:30
Consejo de Barrio 11, del Distrito V a las 18:00

Instaurada la Sesión Constitutiva habrá dos tareas por cumplir: la validación de un Decálogo de funcionamiento propio y la elección de la Portavocía.

Artículo 70.3 El orden del día de la sesión constitutiva de cada CdB contendrá los siguientes puntos:
a. Validación del decálogo de funcionamiento siguiendo las directrices de la Concejalía Delegada en materia de Participación Ciudadana. El presente Reglamento incluye un formato de decálogo, que servirá de base para la creación del decálogo propio de cada CdB.
b. Elección de la persona que conforman la Portavocía del CdB, tal y como se dispone en el artículo 72.

Si quieres saber más sobre el Decálogo puedes ver una nota específica que lo explica, AQUÍ

La persona que ejercerá la Portavocía será elegida entre los y las vecinas inscritas, el único requisito es que debe ser mayor de 18 años y deberá asumir este rol durante un año para luego elegir a otra persona; durante este tiempo será quien coordine y represente al Consejo en todas las instancias que sean pertinentes y en los Plenos de la Junta Municipal de su Distrito, en calidad de vocal con voz y voto.

La normativa al respecto es la siguiente:

Artículo 72. El Consejo estará compuesto por: a) La Portavocía, que será nombrada y cesada democráticamente por el Consejo entre las vecinas y vecinos del barrio inscritos, bajo el principio de autogobernanza, deberá ser rotatoria cada año. Será 1 portavoz por Consejo de Barrio y serán personas mayores de 18 años.

Artículo 77. La Portavocía del Consejo ejercerá funciones de coordinación y representación del Consejo. Fija el orden del día, convoca, preside las sesiones y traslada los acuerdos adoptados.

Artículo 78. El Consejo se reunirá al menos una vez cada dos meses, sin un máximo de reuniones definido. Corresponde a la Portavocía la convocatoria, por propia iniciativa o a solicitud de al menos un tercio de las personas que componen el Consejo. Las convocatorias deberán efectuarse con una antelación mínima de 72 horas, a ellas se unirá el orden del día, en el cual se incluirá el punto de ruegos y preguntas en el que vecinas y vecinos podrán intervenir sin necesidad de inscripción previa en el CdB.

Artículo 89. Las personas vocales de la JMD tendrán voz y voto y se elegirán de la siguiente manera: 1. Serán miembros la Presidencia y la Vicepresidencia de la Junta de Distrito, así como la Portavocía de los Consejos de Barrio del distrito.

Las personas interesadas en inscribirse en estos Consejos de Barrio -que se constituirán el 30 de enero-, podrán hacerlo en cualquier momento del año, mediante inscripción presencial en la Junta Municipal de Distrito, por Registro General o Administración Electrónica.

Si quieres consultar el reglamento lo encuentras AQUÍ.

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Vecinas y vecinos, nos vemos en tu Consejo de Barrio. ¡¡Participa!!

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